Kafala “entre España y Marruecos”

La mayoría de los países del mundo islámico prohíben la adopción al defender que el vínculo jurídico de la filiación puede tener únicamente un origen biológico. Por ello se estableció la figura de “kafala” que implica un compromiso para hacerse cargo de la protección, educación y manutención de un niño abandonado, pero no confiere el derecho a la filiación ni a la sucesión.

Hasta hace siete años, el régimen de adopciones de niños marroquíes por familias españolas ha funcionado con fluidez: las familias españolas con niños adoptados en Marruecos se acogían a esta figura jurídica, la kafala, y una vez en España, solicitaban a los jueces la adopción definitiva, que les era concedida por el interés superior del menor.

En 2011 llegaba al poder un Gobierno islamista en Marruecos y en España un gobierno del partido popular, estas coincidencias políticas dificultaron la situación de familias españolas que tenían abierto en ese momento el proceso de las adopciones en Marruecos. Las autoridades marroquíes aumentaban sus exigencias en materia de religión musulmana y de filiación, algunos jueces han llegado a imponer exámenes de teología musulmana a los padres adoptivos, las tramitaciones se paralizaban en seco sin ninguna motivación. Estos cambios han sorprendido a decenas de familias españolas con procesos de adopción concluidos, pero con los niños todavía en territorio marroquí.

El exministro español de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, comunicó a su homólogo marroquí, Mustafá Ramid, la disposición de España a adaptar su Ley de Adopción Internacional de 2007, a la kafala. Que en la práctica supondría que los niños serán educados a la fuerza en el islam hasta cumplir los 18 años; que Marruecos ejercerá su derecho a supervisar la educación de los niños y que los padres tendrán que viajar al menos una vez al año a Marruecos a rendir cuentas ante las autoridades de este país sobre la evolución de sus hijos y que los niños mantendrían la nacionalidad marroquí hasta cumplir los 18 años.

La adaptación de la ley que regalo el Sr Gallardón al ministro marroquí vulnera el derecho fundamental a la libertad religiosa reconocido por el artículo 16 de la Constitución y el derecho fundamental de las familias a educar a sus hijos de acuerdo con sus convicciones morales y religiosas, reconocido por el artículo 27.3 de la misma Constitución.

Esta reforma que se acometió en silencio y con prisas del artículo 19 de la Ley de adopción internacional es susceptible de perjudicar los intereses de los menores abandonados que han sido puestos en “kafala” ya que dichos menores han perdido todo vínculo de filiación en los países de origen con sus padres biológicos, permanecerán en España como hijos de segunda, y no lograrán jamás integrarse jurídicamente en la familia de los que son afectivamente sus padres.

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